ACUERDO PROVISIONAL PARA INSTALAR ESTACIONES DE RECARGA Y REPOSTAJE EN EUROPA

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    Infraestructura para los combustibles alternativos: se alcanza un acuerdo provisional para instalar más estaciones de recarga y repostaje en toda Europa

    A raíz del acuerdo político provisional que el Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado hoy, en los próximos años se instalarán más estaciones de recarga y repostaje de combustibles alternativos en toda Europa, lo que permitirá al sector del transporte reducir significativamente su huella de carbono.

    Principales objetivos del Reglamento propuesto

    El Reglamento sobre la Infraestructura para los Combustibles Alternativos que se propone tiene tres objetivos:

    • garantizar que exista una red de infraestructuras suficiente para la recarga o el repostaje de vehículos de carretera o buques con combustibles alternativos;
    • ofrecer soluciones alternativas a la utilización de los motores en los buques que están atracados y en las aeronaves estacionadas;
    • alcanzar la plena interoperabilidad en toda la UE y garantizar que las infraestructuras sean fáciles de utilizar.

    El Reglamento propuesto desempeñará un papel importante a la hora de acelerar la implantación de estas infraestructuras, de modo que no se obstaculice la utilización de vehículos y buques de emisión cero o de baja emisión, lo que pondrá en marcha un círculo virtuoso para el sector del transporte y contribuirá a cumplir los objetivos de la Legislación Europea sobre el Clima.

    Principales elementos de la propuesta de la Comisión que se han mantenido

    El acuerdo provisional mantiene los aspectos fundamentales de la propuesta de la Comisión, es decir, los principales parámetros generales que tendrán efectos reales en el clima, en particular:

    • para la recarga de vehículos eléctricos ligeros, los requisitos aplicables a la capacidad de potencia total que debe suministrarse en función del tamaño de la flota matriculada y los requisitos de cobertura de la red transeuropea de transporte (RTE-T) en 2025 y 2030;
    • para la recarga de vehículos eléctricos pesados y para el repostaje de hidrógeno, los requisitos de cobertura de la RTE-T en 2030, comenzando en 2025 con los vehículos eléctricos pesados;
    • para el suministro de electricidad a los buques atracados en puerto, los requisitos aplicables a partir de 2030.

    Principales modificaciones de la propuesta de la Comisión

    No obstante, el texto del acuerdo provisional modifica algunos aspectos de la propuesta de la Comisión:

    • teniendo en cuenta la dinámica específica de los vehículos eléctricos pesados y el hecho de que el mercado de estos vehículos está menos desarrollado que el de los vehículos ligeros, está previsto que en 2025 se inicie un proceso gradual de implantación de la infraestructura, con el objetivo de cubrir todas las carreteras de la RTE-T de aquí a 2030;
    • para maximizar la eficiencia de las inversiones en materia de repostaje de hidrógeno y permitir la adaptación a la evolución tecnológica, los requisitos previstos se centran en la implantación de una infraestructura de repostaje de hidrógeno gaseoso, atendiendo especialmente a los núcleos urbanos y a los nodos multimodales;
    • para garantizar que los requisitos en materia de recarga eléctrica sean compatibles con la diversidad de situaciones reales y que las inversiones guarden proporción con las necesidades, se ha adaptado la potencia total de los grupos de recarga eléctrica y puede aumentarse la distancia máxima entre grupos de recarga para los tramos de carretera con muy poco tráfico;
    • para que la infraestructura de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno sea fácil de usar, se ofrecen distintas opciones de pago y de indicación de precios, aunque se evitan las inversiones desproporcionadas, en particular en las infraestructuras existentes;
    • por lo que respecta al suministro de electricidad en los puertos marítimos, las disposiciones se han puesto en consonancia con la propuesta «FuelEU Maritime», recientemente acordada;
    • el texto precisa las obligaciones de cada parte interesada, asegura la supervisión de los avances, garantiza la correcta información a los usuarios y dota al sector de normas y especificaciones técnicas comunes;
    • con vistas a los importantes avances tecnológicos y comerciales que afectarán a los vehículos pesados, el texto del acuerdo provisional incluye una cláusula derevisión específica a corto plazo para estos vehículos, mientras que para el conjunto del Reglamento se prevé una revisión a medio plazo.

    Siguientes etapas

    El acuerdo político provisional está ahora sujeto a la aprobación formal de los dos colegisladores. Por parte del Consejo, la Presidencia sueca tiene la intención de presentar el texto a los representantes de los Estados miembros (Coreper) lo antes posible, con vistas a su aprobación formal en uno de los próximos Consejos.

    Información de referencia

    El Reglamento sobre la Infraestructura para los Combustibles Alternativos forma parte del paquete de medidas «Objetivo 55». Este paquete, presentado por la Comisión Europea el 14 de julio de 2021, tiene por objeto permitir a la UE reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % para 2030, en comparación con los valores de 1990, y lograr la neutralidad climática en 2050.

    El 2 de junio de 2022, el Consejo de Transporte alcanzó una orientación general sobre la propuesta.

    El texto del acuerdo provisional estará disponible más adelante.